¿Plusvalía impuesto injusto?

¿Plusvalía impuesto injusto?

Estaba leyendo un artículo sobre una sentencia del supremo, acerca de declarar la posibilidad de la inconstitucionalidad de varios impuestos ya sean plusvalía municipal o Ibi, entonces me ha llegado el recuerdo de mi amigo y colaborador de AGALSUR, Pepe Cepero del bufete Cepero abogados. Este gran  profesional, fue el que ganó la sentencia de la inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía municipal cuando se vendía en pérdidas.

Creo que el supremo va tarde con esta sentencia acerca de la plusvalía municipal.

¿Qué es este impuesto?.

Definición jurídica:

En principio, y sin perjuicio de lo que pudiera establecer la ordenanza fiscal que resultara de aplicación en función del ayuntamiento donde se ubique el inmueble, la normativa básica a nivel estatal es la prevista en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Este impuesto sujeta a gravamen el incremento de valor experimentado – a lo largo de un período máximo de 20 años – por los terrenos de naturaleza urbana o por los terrenos integrados en los bienes inmuebles de características especiales (como son los aeropuertos, embalses, centrales eléctricas, etc.) a efectos, en ambos casos, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (independientemente de que estén o no contemplados como urbanos en el Catastro y en el Padrón del IBI), que se ponga de manifiesto como consecuencia de:

– La transmisión de su propiedad por cualquier título.

Es cuando al vender nuestra vivienda debemos de pagar por el posible beneficio. Y digo posible ya que muchas veces este beneficio no es real, incluso antes de la sentencia del Tribunal Constitucional en junio de 2017, se pagaba incluso cuando no existía beneficio.

¿Por qué es esto?

Los Ayuntamientos, han calculado este impuesto basándose en el valor del suelo. Ese valor que viene en el recibo del Ibi y que nadie le da importancia. Pues si, a la vivienda se le calculaba este impuesto por el valor del suelo. La diferencia que tenía desde que se compraba hasta que se vendía.

Por qué digo que es injusto. Porque según mi criterio es una segunda imposición. Ya que también existe la llamada plusvalía en la renta (IRPF) .

Sabemos que es un Problema grave para nuestros clientes-amigos. Y por ello desde AGALSUR CONSULTORÍA le ofrecemos la posibilidad de estudiar su caso y poder conseguir no pagar esta plusvalía, incluso que le devuelvan, lo que. Pago en su momento.

Estudiamos su caso, le asesoraremos. Ya que en estos días quién quiere pagar un impuesto injusto Si has vendido su vivienda con nosotros, pregúntanos sobre el asunto, su cartera, puede verse incrementada .

Esto es unos de los variados servicios que le ofrecemos desde AGALSUR PROPERTY.